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Las dos partes afectadas aceptaron esta medida alterna del NSJP, el imputado pagó más de 2.3 mdp a sus víctimas
18:55 lunes 5 febrero, 2018
San LuisCIUDAD VALLES.- A través de un Acuerdo Reparatorio, mecanismo
permitido por la ley y el nuevo sistema de justicia penal, las partes afectadas
en un robo de ganado ocurrido en Tamuín en octubre pasado, y con la anuencia de
las mismas, recibieron del imputado involucrado en este caso, la reparación del
daño por 2 millones 300 mil pesos, concluyendo de esta forma ese proceso,
informó la Procuraduría General de Justicia de San Luis Potosí (PGJSLP).
Fue el pasado 24 de enero de 2018, cuando el asesor jurídico de
una de las víctimas, solicitó audiencia ante el Juez de Control para resolver
el asunto con una salida alterna y reparación del daño para su representado.
Una vez que la autoridad judicial concedió dicha audiencia, se
celebró el acuerdo reparatorio entre el imputado de nombre David Filiberto y la
primer parte afectada, a quien le sustrajeron del rancho Las Víboras, la
cantidad de 124 cabezas de ganado. El imputado pagó como reparación del daño 2
millones de pesos.
Asimismo, una segunda víctima de esos hechos, a quien le
sustrajeron 16 semovientes del rancho La Sábila, aceptó también llevar a cabo
un acuerdo reparatorio, por lo que el imputado le pagó 300 mil pesos por los
daños ocasionados de ese robo de ganado.
Todas esas acciones fueron llevadas a cabo en la audiencia en
donde quedaron asentadas y testificadas por el Juez de Control y el Ministerio
Público Especializado en Delitos contra el Abigeato, siendo totalmente legales
y con la aceptación de las dos partes afectadas.
Como se recordará, los hechos se presentaron el 22 de octubre de
2017, cuando de los ranchos señalados, en dos tractos camiones se llevaron las
cabezas de ganado con dirección al estado de Hidalgo.
Una vez hecha la denuncia, la PGJSLP llevó a cabo las
investigaciones y dio con el responsable, deteniéndolo la Policía Ministerial
del Estado (PME) en Aguascalientes.
Ya detenido, se le formuló la imputación respectiva y se le
vinculó a proceso por el delito de abigeato agravado, dando el juez tres meses
para las investigaciones complementarias, sin embargo, las partes afectadas
decidieron llegar al acuerdo reparatorio antes de que concluyera ese plazo, con
el pago de la reparación de los daños ocasionados.
La PGJSLP informó que los Acuerdos Reparatorios son los acuerdos
celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por
el Ministerio Público o el Juez de Control, según la etapa en la que se
den, y que se hayan cumplido, tienen como efecto la extinción de la acción
penal.
Este mecanismo pone fin a la controversia total o parcialmente,
y esto dependerá de lo establecido por las partes dentro de los acuerdos.
El acuerdo reparatorio, junto con la suspensión provisional del
proceso forman parte de la clasificación que hace el artículo 184 del Código Nacional
de Procedimientos Penales de las soluciones alternas que existen al
procedimiento ordinario penal.
Esta figura legal procederá en los casos de delitos que se
persiguen por querella o requisito equivalente de la parte
ofendida, de delitos culposos y de
delitos patrimoniales cometidos sin violencia.