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En caso de que las empresas no cumplan con el pago de este derecho, el trabajador puede presentar una queja ante la Junta de Conciliación y Arbitraje
10:42 jueves 3 mayo, 2018
Negocios
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS), los patrones tendrán hasta el 30 mayo para el reparto de las utilidades a sus trabajadores. Cabe aclarar que en el caso de las personas físicas, la Ley Federal del Trabajo marca que el plazo para el pago de esta prestación será hasta el 29 de junio. Los trabajadores que tienen derecho son los que están contratados como de planta, eventuales o de confianza que se encuentren activos en una empresa, así como empleados por subconcontratación (outsourcing). Según lo que marca la norma, ningún empleado puede renunciar a este derecho, incluso el patrón está obligado a pagarlas en efectivo, por lo que no se puede dar en especie, como vales de despensa o mercancía de cualquier tipo. Cálculo La Ley Federal del Trabajo determina que el 50 por ciento de las utilidades se reparten, según los días trabajados, en donde se incluyen incapacidades. El resto del monto se calcula con base en el salario que se percibe, ya que este puede ser variable; pues si es sindicalizado, puede ser mayor. No obstante, hay algunas restricciones en lo que respecta al reparto de utilidades. Una de ellas es para aquellas compañías de nueva creación o aquellas que se fusionaron y cambiaron de nombre; también las compañías que se dedican a la creación de nuevos productos, además de las instituciones sin fines de lucro y el IMSS. Las empresas que reporten ingresos no superiores en el impuesto sobre la renta (ISR) por 300 mil pesos o aquellas industrias mineras que estén en inicio de dicho proyecto. -- EL DEBATE