Vínculo copiado
#ESNOTICIA
#ESNOTICIA
Exclusiva
Se han concedido amparos a restaurantes y antros de San Luis Potosí, Zacatecas, Aguascalientes, Querétaro y Jalisco
01:53 lunes 5 junio, 2023
San Luis
En el caso de la industria restaurantera y los empresarios del entretenimiento se han vista afectados entre el 20 y 30 por ciento sus ventas, debido a la Ley General para el Control del Tabaco que fue expedida desde el pasado mes de enero informó Jorge Chessal Palau, abogado encargado de los amparos de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac). Esta reforma que hace el presidente de la República ha excedido las facultades que constitucionalmente están reconocidas de esto se deriva una serie de sentencias que han concedido amparos en San Luis Potosí, Zacatecas, Aguascalientes, Querétaro y Jalisco, Ahora con las sentencias de amparo que están otorgando los jueces, están enfrentando una campaña en su contra por parte del gobierno, “hay un orden jerárquico de las normas en nuestro país, que es la constitución por encima de todo, esto significa que por encima de todo está la constitución y los jueces federales lo que hacen es vigilar en cumplimiento de la constitución, si estos amparo se han concedido es porque el presidente de la república violó la constitución”, explicó. Dijo que existe una ley en el tema del tabaco y esta ley establece normas concretas para los restaurantes y prohibirles la entrada o tener que retirar de un establecimiento a los clientes para cumplir con esta ley, es un ataque, discriminación una violación a un derecho humano al no poder consumir alimentos y bebidas. Enfatizó: “Un reglamento no puede rebasar los límites de las leyes de la Constitución, no hay mejor indicador que un juicio de amparo para ver qué tan mal se portan las autoridades, mientras más mal se portan, más amparos se promueven”. Finalmente señaló que estos amparos protegen solamente a quien promovió el amparo, sin embargo, “en nuestra constitución contempla la llamada declaración general de inconstitucionalidad, facultad que tendría la Suprema Corte para ordenar la derogación del reglamento del presidente, pues está más que comprobado con tantos amparos concedidos que se ha violentado la Constitución”.