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Crisis constitucional podría provocar el rechazo del Poder Legislativo y Ejecutivo si es aprobado el rechazo de la reforma judicial
01:52 miércoles 30 octubre, 2024
San LuisLa Corte excepcionalmente sí tiene la facultad para revisar reformas constitucionales, señaló en entrevista Arturo Nahle García, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Zacatecas, quien explicó el proyecto de resolución encabezado por el ministro González Alcántara Carrancá.
“Contra la reforma constitucional al Poder Judicial se interpusieron diversas acciones de inconstitucionalidad: una la interpuso el PRI; otra el PAN; otra MC; una más fue por un grupo de legisladores de Zacatecas; una quinta la interpuso una organización del estado de Coahuila. Estas cinco acciones se acumularon y la Corte turnó el caso al ministro Alcántara para que hiciera el proyecto, el cual ya está listo”, recapituló Arturo Nahle.
Con lo anterior, dijo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación está facultada para revisar, modificar o anular esta reforma, pues el proyecto del ministro Alcántara establece que esto es viable cuando se atenta contra el sistema republicano, representativo, democrático, laico y federal; al ser una reforma que atenta contra la división de poderes, la SCJN sí puede intervenir.
En este sentido, Nahle detalló que el proyecto de resolución también determinó que el proceso legislativo que llevó a cabo el Congreso de la Unión fue válido, no se hizo algo indebido ni tiene vicio alguno; no obstante, Alcántara establece que la elección por voto popular de jueces y magistrados, tanto federales como locales, no es viable porque puede poner en riesgo la independencia de jueces y los coloca en una situación de subordinación.
“Con una explicación muy amplia echa abajo el planteamiento de que por voto popular se elija a jueces magistrados tanto federales como locales”, añadió el magistrado Nahle.
De igual forma, los ministros también podrían correr la misma suerte que jueces y magistrados, que no se les elija a partir del voto popular, porque el mismo vicio que genera elegir por voto popular es el mismo problema para la elección de ministros, puntualizó Arturo Nahle.
En consecuencia, el magistrado mencionó que se requieren 8 de los 11 votos para que esta acción sea aprobada y se contempla que las ministras Lenia Batres, Yazmín Esquivel y Loreta Ortiz voten en contra; sin embargo, los otros 8 ministros seguramente van a aprobar el proyecto del ministro González Alcántara, la cuestión es si esa resolución la van a acatar los otros dos poderes.
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Finalmente, señaló que las suspensiones que hubo por jueces de distrito fueron provisionales y que “esto es otra cosa”, ya que son acciones de constitucionalidad promovidas por partidos nacionales directamente ante el pleno de la Corte, y se espera que tanto el Ejecutivo como el Legislativo sepan diferenciar entre una suspensión provisional concedida por un juez y una resolución emitida por el pleno de la SCJN, la cual “está a contrarreloj porque el Congreso de la Unión está reformando la Constitución para que la Corte no tenga facultad de resolver estas controversias”, concluyó.