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Estas dos prestaciones de ley suelen confundir a los trabajadores, aquí te decimos qué son y cuándo debes recibirlas, así como sus diferencias
12:56 miércoles 6 diciembre, 2017
NegociosDiciembre es la época del aguinaldo, una de las prestaciones que por ley deben recibir los trabajadores en México; sin embargo, suele haber confusión con otra prestación que también marca la ley: las utilidades. Para que no te quede ninguna duda sobre lo que son y cuándo debes recibirlas, aquí te decimos las diferencias entre una y otra: Aguinaldo Es un derecho de todos los trabajadores, sin excepción alguna, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado o eventuales, así como para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la legislación laboral. Según la Ley Federal del Trabajo “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo”. Para un trabajador del Estado, la cantidad mínima de aguinaldo es de 40 días de salario y se entrega 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el resto antes del 15 de enero. A diferencia del reparto de utilidades, el aguinaldo es una prestación que aplica para todo tipo de trabajador (directores, gerentes, etc.). ¿Cómo se calcula? Para hacer el cálculo, se debe obtener el sueldo diario (dividir el sueldo mensual entre 30 días), y eso multiplicarlo por los días mínimos (15). Ejemplo: Si un empleado recibe 15 mil pesos de salario mensual, deberá recibir 7 mil 500 pesos por concepto de aguinaldo. 15 mil / 30 días= 500 como sueldo diario
500 de sueldo diario x 15 días correspondientes de aguinaldo = 7 mil 500 pesos. Utilidades Es un derecho constitucional de los trabajadores para recibir una parte de las utilidades generadas en la empresa donde laboran, conforme a la declaración anual que presenten ante las autoridades fiscales. Si la empresa no tuvo utilidades, no tendrás esta prestación. Las utilidades se generan del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas. Para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación. ¿Cómo se determinan las utilidades para los trabajadores? La mitad de las utilidades conforme a los días trabajados y la otra mitad de acuerdo con el monto de los salarios percibidos, aquí puedes checar cómo se determina el reparto. ¿Quiénes tienen derecho? Todos los trabajadores que laboren al servicio de un patrón ¿Quiénes no tienen derecho? Directores, administradores y gerentes generales. Socios y accionistas. Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días al año al que corresponda el año del pago de utilidades. Profesionistas, técnicos y otros que mediante el pago de honorarios presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado, y trabajadores domésticos. -- MILENIO