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Esto, como parte del nuevo Reglamento a la Ley de Movilidad, en la que se encuentran los lineamientos de operación de diversos modos de transporte en la Ciudad de México
17:18 miércoles 20 septiembre, 2017
NegociosCIUDAD DE MÉXICO.- Como consecuencia de la ola de inseguridad, el Gobierno de la Ciudad de México, a través del titular de la Secretaría de Movilidad (Semovi), Héctor Serrano Cortés, dio a conocer algunos cambios al servicio que tendrán productos como Uber y Cabify.
Esto, como parte del nuevo Reglamento a la Ley de Movilidad, en la que se encuentran los lineamientos de operación de diversos modos de transporte en la Ciudad de México. Uno de ellos, son los transportes privados que funcionan por medio de apps en smartphones, tales como Uber y Cabify. Los requisitos para circular De entrada, solo podrán prestar servicio unidades matriculadas por la Secretaría de Movilidad. se debe obtener una constancia de Semovi, para ello, se debe obtener un acta constitutiva de la empresa, RFC, información sobre el funcionamiento de la app, etc. Identificación de Choferes Los operadores de las unidades, deberán portar una identificación en el interior en donde se mostrará la dependencia, folio de una licencia expedida por autoridades capitalinas. Esta deberá de ser visible para los pasajeros. Requisitos de las unidades Las unidades deberán tener seguro de daños a terceros vigente, cinturones de seguridad para todos los pasajeros, cuatro puertas, bolsas de aire, holograma cero o doble cero y una antigüedad no mayor a 10 años. El valor factura del auto debe de ser de 200 mil pesos o mayor. Debe contar, además, con una validación vehicular anual. Placas CDMX Los vehículos, deberán contar con placas de la Ciudad de México. La dependencia, incluyó en el reglamento cláusulas para restringir las matrículas fuera de la capital, que puedan circular. La Semovi podrá restringir el servicio de unidades matriculadas en otras entidades federativas a las que contraten el Servicio Privado con Chofer en la Ciudad de México, cuidando fundamentalmente conservar el equilibrio ecológico, de la oferta, demanda y el presente reglamento”, se agrega en el artículo 59 de las disposiciones publicadas la tarde del viernes y que entraron en vigor ese mismo día. No más UberPool Este servicio que permitía que varios usuarios que compartieran rutas similares, compartieran un vehículo, no será regulado, sino prohibido. Queda prohibido el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chofer, que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular que realice el mismo viaje a diversas personas, en un mismo recorrido, trayecto o ruta. "Serán acreedores a la sanción establecida en el artículo 258 de la Ley, a quienes desobedezcan lo mandatado en el presente artículo, sin menoscabo de las sanciones administrativas a que pudiera también hacérseles responsable” asegura el reglamento. -- EXCÉLSIOR